II CONVENIO COLECTIVO ESTATAL CONTACT CENTER.
Artículo 28. Permisos retribuidos.
1. El personal, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a retribución, y desde que ocurra el hecho causante, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
b) Tres días naturales en caso de nacimiento de un hijo o hija…
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